Recursos de estudiantes

OBJETO DEL PROCEDIMIENTO

El presente procedimiento tiene por objeto la tramitación de las solicitudes de los recursos administrativos que interpongan los estudiantes:

Alzada (Arts. 121 y 122 de la Ley 39/2015): Se interpone ante el superior jerárquico del órgano que dictó el acto.

Potestativo de reposición (Arts.123 y 124 de la Ley 39/2015): Se interpone ante el mismo órgano que hubiera dictado el acto impugnado.

Extraordinario de revisión (Arts. 125 y 126 de la Ley 39/2015): Se interpone contra los actos firmes en vía administrativa, ante el órgano administrativo que los dictó cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 125 de la Ley 39/2015.

 

ÁMBITO SUBJETIVO

Estudiantes matriculados excepto los internos en centros penitenciarios.

 

ÓRGANO ENCARGADO DE TRAMITAR

Sección de Recursos Administrativos de Estudiantes

Correo electrónico de contacto: recursos-estudiantes@adm.uned.es

 

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER

El rector de la UNED, competencia delegada en la Secretaria General.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Alzada y potestativo de reposición: Un mes a contar desde el siguiente día a la notificación del acto.

Extraordinario de revisión: en los plazos previstos en el art. 125.2 de la Ley 39/2015.

 

MEDIO DE PRESENTACIÓN

Las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica de la UNED.

 

DOCUMENTACIÓN

La que se estime conveniente para la defensa de su argumentación.

 

PLAZO DE RESOLUCIÓN Y EFECTOS DEL SILENCIO

Alzada: El plazo para resolver será de 3 meses, transcurrido dicho plazo podrá entenderse desestimado.

Potestativo de reposición: El plazo para resolver será de 1 mes, transcurrido dicho plazo podrá entenderse desestimado.

Extraordinario de revisión: El plazo para resolver se entiende desestimado si no recae resolución expresa en el plazo de 3 meses, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

 

RECURSOS

Contra la resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación.

 

NORMATIVA APLICABLE

Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Resolución de 28 de junio de 2017, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica el Reglamento de Administración Electrónica.

 

PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

De conformidad con lo establecido en el Reglamento UE 679/2016 General de Protección de Datos y legislación vigente, le informamos que los datos aportados en este documento serán tratados, en calidad de Responsable del tratamiento, por la UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA.

La finalidad del tratamiento de los datos es la gestión de este procedimiento.

La base jurídica por la cual se tratan sus datos es el cumplimiento de las funciones recogidas en la normativa anteriormente referenciada, y en su caso el consentimiento.

Asimismo, los datos serán utilizados para enviar información, por cualquier medio, acerca de las finalidades antes descritas.

Sus datos no serán cedidos o comunicados a terceros, salvo en los supuestos necesarios para la debida atención, desarrollo, control y cumplimiento de las finalidades expresadas, así como en los supuestos previstos, según Ley.

Podrá ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Limitación del tratamiento, Portabilidad de los datos u Oposición al tratamiento ante la UNED, C/ Bravo Murillo 38, Sección de Protección de Datos, 28015 de Madrid, o en cualquiera de las oficinas que podrá encontrar aquí, junto con información adicional y el formulario, Departamento de Política Jurídica de Seguridad de la Información, o a través de la Sede electrónica de la UNED.

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