Evaluación de la actividad docente

OBJETO DEL PROCEDIMIENTO

Asignación del complemento específico por méritos docentes a aquellos solicitantes que hayan obtenido la evaluación favorable de su actividad docente en el periodo correspondiente, conforme a los criterios de evaluación del Anexo de la Convocatoria.

ÁMBITO SUBJETIVO

Podrán someter su actividad docente a evaluación los funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios en servicio activo y a tiempo completo y los profesores contratados por tiempo indefinido que cumplan durante el año 2023 los requisitos necesarios para tener derecho a dicha evaluación conforme a lo estipulado en el  Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario, parcialmente modificado por el Real Decreto 74/2000, de 21 de enero, así como a lo dispuesto en el I Convenio Colectivo del PDI  laboral de la UNED.

También podrán someter su actividad docente a evaluación los profesores ayudantes doctores según lo dispuesto en el acuerdo de interpretación de la Comisión Paritaria de seguimiento del I Convenio Colectivo del PDI laboral de la UNED de fecha 1 de octubre de 2021.

DISPOSICIÓN ADICIONAL I

Con el objeto de facilitar que el profesorado contratado a tiempo completo en figuras de carácter temporal no incluidas en el ámbito de aplicación de esta convocatoria pueda acreditar la actividad docente desempeñada, podrá someter a evaluación la misma, no teniendo asociado ningún efecto económico el reconocimiento de periodos de actividad docente evaluados favorablemente en la presente convocatoria.

DISPOSICIÓN ADICIONAL II

Para el reconocimiento con carácter retribuido de periodos ya evaluados favorablemente en figuras de profesorado contratado temporal, los profesores que hayan pasado a figuras de profesorado de carácter indefinido deberán solicitar nuevamente la evaluación a través de este formulario, sin necesidad de adjuntar informe del Decano/Director de su Facultad/Escuela ni memoria de actividad docente de dichos periodos.

ÓRGANO ENCARGADO DE TRAMITAR

Servicio de Gestión del PDI

Correo electrónico de contacto: personaldocente.complementos@adm.uned.es

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER

El Rector, previo informe por parte del Consejo de Gobierno.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BICI hasta el 8 de enero de 2024.

MEDIO DE PRESENTACIÓN

Los interesados deberán cursar las solicitudes a través de la Sede electrónica de la UNED. mediante la utilización de certificado digital.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Informe relativo a la práctica docente emitido por el Decano de la Facultad o Director de la Escuela.

Memoria de méritos docentes.

Nota: en la página web del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador se encuentran disponibles los modelos del informe y de la memoria

 RESOLUCIÓN

La resolución rectoral será notificada a los respectivos solicitantes a través de la Sede electrónica de la UNED.

RECURSOS

Contra la Convocatoria 2023 para la evaluación de la actividad docente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día a su publicación, o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Rector Magfco. de la UNED en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a dicha publicación.

Contra la resolución por la que se resuelve la evaluación, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, si el solicitante pertenece a los cuerpos docentes universitarios, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la notificación, o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Rector Magfco. de la UNED en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a dicha notificación. Si el solicitante es profesor contratado, contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, el interesado podrá formalizar la demanda en el plazo de dos meses ante el juzgado o la Sala competente, conforme a lo previsto en el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, modificada por la Disposición final tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

NORMATIVA APLICABLE

Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario, parcialmente modificado por el Real Decreto 74/2000, de 21 de enero

Estatutos de la UNED (Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, modificado por el Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre)

I Convenio Colectivo del PDI laboral de la UNED

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

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